Preguntas Frecuentes

¿Cuál es la fecha límite de mi cuenta de agua?

Los cargos actuales vencen 15 días aproximados desde la fecha de emisión de su boleta, sin embargo, si al generarse una nueva boleta y existen aún cargos pendientes, corre el riesgo de una interrupción de su servicio.

¿Cuál es el horario de Atención de las Oficinas Comerciales de Aguas Decima SA?

El horario de atención comercial es de Lunes a Viernes desde las 08:30 am hasta las 13:00 pm durante la mañana y de 14:30 pm hasta las 18:00 pm durante la tarde.

¿Qué es un certificado de Factibilidad?

Es el documento formal emitido por las concesionarias de servicios públicos sanitarios, mediante el cual asumen la obligación de otorgar los servicios a un futuro usuario, o ampliación de los existentes, expresando los términos y condiciones para tal efecto.

¿Para qué sirve una solicitud de factibilidad?

La Solicitud de Factibilidad es la petición formal, en la cual se pide dotar de servicios sanitarios o realizar la ampliación de los existentes en una propiedad. Esta solicitud da origen, cuando corresponde, a un certificado de factibilidad el cual es requisito obligatorio para la obtención del Permiso de Edificación de Obra Nueva (Art.5.1.6 De la Ley General de Urbanismo y Construcción).

¿Cómo solicito servicio de agua potable y alcantarillado para mi vivienda?

Lo primero que debe hacer es obtener el Certificado de Factibilidad para la propiedad, documento mediante el cual se determina si es posible entregarle servicio. No es posible entregar los servicios a una propiedad ubicada fuera del área de concesión de esta empresa.
Para obtener el Certificado de Factibilidad debes completar el Formulario de Solicitud de Factibilidad que está disponible en la página web de la empresa, este documento debe ser enviado, mientras dure la situación COVID-19, vía correo a xpalma@aguasdecima.cl con copia a vsolis@aguasdecima.cl indicando en el asunto la frase “Solicitud de Factibilidad” más la dirección de la propiedad acompañado de toda la documentación que se indica en el mismo formulario. En caso de carencia de alguno de los antecedentes o se requiera información complementaria, esto será informado a la brevedad al peticionario vía correo electrónico. Cabe destacar que la solicitud no será ingresada ni procesada hasta no contar con toda la información y los datos requeridos.
Obtenido el Certificado de Factibilidad, debe ingresar en las oficinas de la empresa el proyecto domiciliario informativo de las instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado para la propiedad, junto al certificado de factibilidad. Dentro de 20 días se responderá si el proyecto se ajusta a la normativa vigente y se encuentra aprobado, o se deben atender ciertas observaciones. Las instalaciones domiciliarias deben ajustarse al proyecto informativo aprobado.
Para solicitar recepción de las instalaciones domiciliarias, el contratista deberá presentar el proyecto definitivo con la firma del profesional responsable de la ejecución de las instalaciones domiciliarias, y con ello un profesional de Aguas Decima S.A efectuará una inspección de las instalaciones. Mientras dure la situación del COVID-19, los antecedentes deben ser enviados a xpalma@aguasdecima.cl con copia a nflandez@aguasdecima.cl y las inspecciones están sujetas a evaluación.
Si no se detectan diferencias con el proyecto aprobado o situaciones que no se ajusten a la normativa vigente, se autorizará la conexión a la red de agua potable y el empalme al colector de aguas servidas, las cuales deben ser ejecutadas por un contratista inscrito en el Registro que dispone Aguas Decima S.A para ese efecto.
Finalmente, Aguas Decima S.A emitirá un Certificado (Certificado de Dotación) de Instalaciones para la propiedad, documento necesario para la recepción municipal del inmueble.

¿A qué se refiere un proyecto público y un proyecto domiciliario?

Un proyecto publico consiste en instalaciones de redes de distribución de agua potable o de recolección de aguas servidas proyectadas y construidas en bienes nacionales de uso público.
Un proyecto domiciliario se refiere a las instalaciones que dotan de servicio de agua potable y alcantarillado a un inmueble, incluyendo el arranque de agua potable y la unión domiciliaria y su conexión y empalme a la red pública existente.

¿Qué debe contener un proyecto público?

El procedimiento, instrucciones, antecedentes y condiciones mínimas que se requieren en la elaboración y presentación de un proyecto público está contenido en el Manual de presentación de Proyectos Públicos, el cual puede descargar en el siguiente enlace: https://www.aguasdecima.cl/solicitudes-de-factibilidad.

¿Qué debe contener un proyecto domiciliario?

El procedimiento, instrucciones y antecedentes que se requieren para la presentación de un proyecto domiciliario está contenido en el siguiente enlace: https://www.aguasdecima.cl/solicitudes-de-factibilidad.

¿Qué es un arranque de agua potable?

Es el tramo de la red pública de distribución comprendido entre la matriz o cañería de distribución hasta la llave de paso colocada después del medidor, inclusive.

¿Qué es una UD / unión domiciliaria de aguas servidas?

Es el tramo de la red pública de recolección comprendida entre el colector público y la primera cámara domiciliaria, exclusive.

¿Cuál es el límite de responsabilidad en instalaciones de agua potable?

Nuestra empresa sanitaria tiene la obligación de mantener y reparar las redes públicas de agua potable y el arranque domiciliario hasta la segunda llave de paso colocada posterior al medidor, inclusive. Es de responsabilidad exclusiva del cliente las instalaciones diseñadas y construidas para abastecer de agua potable a la propiedad, desde la llave de paso colocada después del medidor, exclusive, hasta el interior de la vivienda. En cuanto al medidor, la empresa es responsable de su mantención, buen funcionamiento o futura renovación en caso de un deterioro producto del término de la vida útil o si ha sufrido daños no atribuibles a terceros. El cliente es responsable de la custodia del medidor debiendo asumir el costo en caso de un robo, daño o mal funcionamiento debido a la injerencia de terceros.

¿Cuál es el límite de responsabilidad en instalaciones de alcantarillado de aguas servidas?

Nuestra empresa sanitaria es responsable del mantenimiento, conservación y reparación de la red pública de alcantarillado y de la unión domiciliaria. Es de responsabilidad exclusiva del cliente, la instalación interior de alcantarillado, comprendida desde la última cámara domiciliaria (incluida la reposición de la tapa), hacia el interior de la vivienda. En el caso de comprobarse que la unión domiciliaria se obstruye producto del mal uso de las instalaciones, el costo deberá ser asumido por el cliente.

¿Es obligación conectarme al colector de Aguas Servidas si existe red frente a mi casa?

La legislación establece, que hay un plazo máximo de un año desde que el colector de aguas servidas ubicado frente a su propiedad entre en funcionamiento o sea notificado por la empresa sanitaria. Los predios que no cumplan con esta obligación podrán ser clausurados por la Autoridad de Salud correspondiente.

¿Es obligación conectarme a la matriz de Agua potable si existe red frente a mi casa?

La legislación así lo establece, con un plazo máximo de 6 meses desde que entre en funcionamiento la matriz de agua potable frente a su propiedad o desde que sea notificado por la empresa sanitaria. Los predios que no cumplan con esta obligación podrán ser clausurados por la autoridad de Salud correspondiente.

¿Cómo se fijan las tarifas?

La Superintendencia debe proponer al Ministerio de Economía las tarifas máximas que cada empresa sanitaria puede cobrar a sus clientes, las cuales se fijan mediante decreto de dicho Ministerio, considerando un periodo de vigencia de cinco años. Para estimar dichas tarifas se simula una empresa modelo que opera eficientemente en el área geográfica del área donde se otorga la prestación de servicios, la que se autofinancia y tiene como objeto competir con la empresa real.

¿Por qué se cobra el alcantarillado en base al consumo de agua potable, si el agua no se descarga completamente al alcantarillado?

La totalidad del agua que se consume efectivamente no evacúa al alcantarillado, es por eso que las tarifas de alcantarillado están calculadas considerando sólo la capacidad de infraestructura necesaria para recibir las aguas servidas que son desaguadas en la red de alcantarillado, sin considerar el agua lluvia.

¿Qué es un servicio de faena y cuanto es la duración permisible?

Este servicio consiste en un arranque de agua potable y/o unión domiciliaria de alcantarillado de aguas servidas solicitado para la instalación de faenas o para la ejecución de edificaciones, es de carácter provisional y se otorga por un período de 6 meses, los cuales pueden ser prorrogables.

¿Puedo tener más de un medidor en mi propiedad?

Aguas Décima S.A. otorga un único arranque y una única unión domiciliaria por propiedad (rol), la que debe estar debidamente regularizada. Al respecto, la legislación establece lo siguiente: “las divisiones prediales darán origen a nuevas instalaciones domiciliarias de modo que cada inmueble cuente con su propia instalación y factibilidad respectiva” (art.143 del DS1199/04).

¿Es posible recibir más de una boleta para cabañas dentro de un mismo terreno?

No es posible, debido a que Aguas Decima solo efectúa la lectura de remarcadores en conjuntos residenciales acogidos a la ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria.

¿Dónde puedo consultar los contratistas autorizados?

Debe ingresar al menú “Servicio al cliente” y seleccionar “contratistas autorizados”, donde están clasificados por categoría. También puedes ingresar haciendo click en el siguiente enlace: https://www.aguasdecima.cl/contratistas-autorizados.

¿Cuándo y cómo postular el registro de contratistas?

La fecha de postulación es durante el mes de agosto, donde se cargarán las Bases de inscripción del Registro público de Contratistas autorizados en el siguiente enlace https://www.aguasdecima.cl/licitaciones.

¿Cuándo y cómo postular el registro de consultores?

La fecha de postulación es durante el mes de marzo, donde se cargarán las Bases de inscripción en Registro de Consultores en el siguiente enlace https://www.aguasdecima.cl/licitaciones.
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